Boletín de actualidad jurídica sobre “absentismo laboral”
Elaborado por el Gabinete jurídico confederal
Está a disposición de toda la afiliación de CGT un nuevo boletín de actualidad jurídica en el que se analiza el absentismo laboral establecido en Convenio Colectivo de empresa y la discriminación por sexo, enfermedad o por asociación. Esta entrega se fija en la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo 40/2025 de 20 de enero, en la que se viene a determinar que el tratamiento retributivo del absentismo laboral de un Convenio Colectivo debe interpretarse de manera que no suponga ninguna discriminación por razón de sexo, enfermedad o por asociación. De este modo, las ausencias no pueden estar causadas por enfermedad, por medidas de conciliación de la vida familiar y laboral, ni por discriminación por asociación. Por el contrario, sí computan las ausencias injustificadas, como las ausencias debidas a permisos que no constituyan una discriminación prohibida.