VII Época - 46

CONFUSIÓN INDUCIDA EN EL LIBRO DE PONENCIAS

Hacia la Conferencia Sindical de CGT (Palencia, 25-27 octubre

Del 25 al 27 de octubre, en Palencia, celebraremos la Conferencia sindical de CGT, con cuatro puntos en el Orden del Día: 1) Salud laboral y precariedad. Transiciones en el trabajo ante la crisis energética, ecosocial y ambiental; 2) Posicionamiento sobre Inteligencia Artificial; 3) Sindicalismo ante el cambio al nuevo modelo productivo manipulación de la nueva Formación profesional y 4) Tabla Reivindicativa de CGT.

Congresos y Conferencias Sindicales en CGT

Tal como prevén los estatutos de la CGT, las Conferencias sindicales, limitadas en sus funciones al ámbito estrictamente reivindicativo laboral, según lo establecido en el Art. 52 de los Estatutos: [La Conferencia Sindical es un] “órgano de debate y decisión sobre temas de índole sindical de la CGT y, especialmente, los relacionados con Negociación colectiva y Elecciones sindicales”. En consecuencia, las Conferencias Sindicales

No podrán abordar cuestiones no incluidas en su respectivo Orden del Día y, claro está, tampoco temas ajenos a lo previsto estatutariamente para las Conferencias sindicales. El contenido de las Ponencias presentadas por sindicatos o por afiliadas/os (personales o en grupo concertado) y, en su caso, editadas en el denominado “Libro de Ponencias”, no podrá sustituir al Orden del Día aprobado, sino que han de ceñirse a él.

No podrán contradecir, alterar, orillar o soslayar acuerdos vigentes de un Congreso (Art. 35: “máximo órgano de decisión” de CGT), incluso en el ámbito estrictamente reivindicativo laboral. Esa facultad modificadora es competencia propia, esencial e inexcusable, de otro Congreso, pues en CGT no hay ente orgánico superior ni equivalente al Congreso que lo pueda contradecir u obviar, no siendo el propio Congreso.

Sin embargo, al leer algunas de las propuestas recogidas en el “Libro de Ponencias”, observamos que incumplen de modo claro las garantías orgánicas descritas. Señalamos algunas de esas ponencias cuyo contenido, palmaria y gravemente, trascienden con mucho al de la Conferencia convocada y afectan a acuerdos previos de Congreso. Valgan tres ejemplos, que debieran ser retirados del debate y resoluciones de la Conferencia sindical.

Ponencia al punto 1, pág 28 a 32, ambas inclusive, encabezada por Ángela Sánchez

Ponencia al punto 1, pág 28 a 32, ambas inclusive, encabezada por Ángela Sánchez – Tras hacer un parco diagnóstico de algunas de las situaciones provocadas por el régimen planetario capitalista (“crisis energética, ecosocial y ambiental”), esta ponencia articula un confuso y limitado programa político decrecentista (“hoja de ruta para la transición eco-social”, la denominan), que la CGT debiera hacer suyo al objeto de poner freno, palíar o evitar (¿?) el desastre anunciado.

Sobre todas estas cuestiones hay acuerdos de recientes Congresos de CGT, plenamente vigentes, logrados con la participación de los sindicatos, previamente conocedores del Orden del Día correspondiente. Por ejemplo, nuestro sindicato, SUTSO de Pontevedra-CGT, presentó ponencias sobre estos temas en los correspondientes Congresos en que se trataron. No nos cabe duda, de que si en un próximo Congreso se sometiesen de nuevo a debate, también CGT-Pontevedra expondría su criterio, pero no en una Conferencia sindical ni de este modo subrepticio.

Ponencia al punto 1, pág. 33, sobre “Jubilación anticipada”, encabezada por Joaquim Garreta

Esta Ponencia es absolutamente contradictoría con la firme resolución congresual (XIX Congreso, Zaragoza 2022) sobre los ERE, al proponer que CGT pueda firmar despidos colectivos de trabajadores en empresas con beneficios.

Ponencia al punto 4, “recogida en págs. 118 a 127, encabezada por Emili Cortavitarte

En las líneas 34-36 (pág. 118) de esta ponencia se escribe: “Dado que el marco es una Conferencia Sindical se priorizan los aspectos laborales y sindicales, pero no por ello se dejan de lado reivindicaciones sociales o de derechos y libertades en el corte y medio plazo”, sobre las que ya hay acuerdos y pronunciamientos de Congreso, plenamente vigentes y que, más o menos subrepticiamente, se pretenden modificar, incluso sustantivamente. Esto es lo que ocurre, por ejemplo, en el apartado que titulan “Derechos sociales, fundamentales y universales de las personas” [pág. 121, lineas 22 a 35 y pág 122, líneas 1 a 22] y desde la que reivindican una “carta de derechos sociales fundamentales”, seguida de un listado genérico, meramente retórico y declarativo, de algunos “derechos” que debería incluir esa “Carta” .

Como afiliados que somos en la CGT consideramos que este “tema” es asunto de Congreso, como lo demuestra el hecho de que así lo entendiese hasta ahora el conjunto de la organización, haciéndolo figurar expresamente en el Orden del Día de distintos Congresos, incluso bajo el enunciado literal de “Carta de Derechos Sociales”.

A esos Congresos asistió y participó, aportando ponencia propia, el Sindicato de CGT-Pontevedra al que pertenecemos, en unos casos, resultando parcialmente aprobada y en otros, parcialmente rechazada, pero en todos, tomada en consideración.

En aquella ponencia, aprobada por la Asamblea del sindicato, se defendía una posición sobre la “Carta de Derechos Sociales” muy distinta a la que ahora pretende incluirse en una Conferencia Sindical, sin el necesario debate.

Tres “Ponencias” que han de ser retiradas de la Conferencia Sindical

Por estas razones estatutarias y de coherencia orgánica expuestas, al menos las tres “Ponencias” citadas han de ser inexcusablemente retiradas de la Conferencia estatal.

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