YOLANDA, DE PROPAGANDA EN PROPAGANDA
Un supuesto “error” inexplicable que aún no se ha corregido
El pasado 9 de septiembre, quien suscribe publicaba en La Campana el artículo titulado El bien más preciado debe seguir siendo la libertad (https://www.revistalacampana.info/actualidad/ debate-al-rojinegro/2024/09/09/el-bien-mas-preciado-debe-seguir-siendo-la-libertad/), en el que hablábamos de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 2 de agosto de una norma relativa a la representatividad de hombres y mujeres en diversas organizaciones e instituciones. De refi-lón, aprovechando la ocasión, el gobierno ponía en vigor unas mo-dificaciones del Estatuto de los Trabajadores re-lativas a la supresión de distintos supuestos existentes legalmente en aquel momento que suponían la nulidad del despido de quienes estuviesen disfrutando de la adaptación de jornada o la hubiesen solicitado, y de quienes se hubiesen acogido al derecho de utilizar permisos por enferme-dad o accidente grave de familiar, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, incluidos familiares consanguíneos de parejas de hecho o de cualquier otra persona que conviviese. De hecho, la situación pasó a ser que la empresa podía despedir, sin temor a que sea declarado despido nulo, a estas personas.
En cuando la noticia se fue corriendo entre el politiquerío -todos se echaron las manos a la cabeza, como si solo fuese responsable el gobierno de su aprobación y no hubiese sido todo el Parlamento, por acción u omisión, los culpables de tal atropello,- los voceros del “gobierno más progresista de la historia” se apresuraron a jurar que todo había sido un error y que este se subsanaría inmediatamente.
Ha llegado diciembre, cuatro meses después de la publicación de la norma presuntamente errónea y, de momento, no se ha corregido nada. Hoy en día, estos casos de despido nulo no están repuestos en el BOE y, las empresas, en pura lógica, los siguen utilizando para deshacerse de personal molesto. ¿Qué entiende el gobierno por “subsanar inmediatamente” el error cometido? ¿Cuantos despidos más tiene que haber para que se pongan a arreglar el desaguisado? No parece que la solución esté próxima, ya que, dado el gusto de la ministra de Trabajo por la trompetería, le hubiera faltado tiempo para anunciar a bombo y platillo la subsanación de la mamarrachada co-metida.
Exigimos, pues, la reposición inmediata -tal como se prometió- de los derechos cerce-nados. No hacerlo sería, es, un ataque in-justificable a la clase obrera. Ya sabemos los trabajadores -no porque seamos más inteligentes que la media, sino por pura experiencia- que no es la patulea política amiga de rectificar errores por lo que supone de admitirlos, así que ya veremos cuándo se hace. Y nos decimos cuándo porque no estamos demasiado seguros de que el error no hubiera sido un acto conscientemente voluntario de algunos partidillos que ahora no se apresuran a rectificar ni a echarse atrás.
Un permiso nuevo
El 29 de noviembre se publicó también en el BOE el Real Decreto Ley 8/2024, que incluye el establecimiento de un nuevo permiso remunerado, que se ha venido llamando “permiso climático”, que figura, a partir de ahora, en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores de la siguiente forma: “Hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso. Transcurridos los cuatro días, el permiso se prolongará hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron, sin perjuicio de la posibilidad de la empresa de aplicar una suspensión del contrato de trabajo o una reducción de jornada derivada de fuerza mayor en los términos previstos en el artículo 47.6 […]”.
En definitiva, Yolanda, siempre atenta a aquello que le puede ser rentable, ha decidido ganarse unos puntillos entre la clase obrera inventando este nuevo permiso, llamado climático. Ni que decir tiene que el permiso en cuestión no afectará más que a un reducido número de trabajadores y trabajadoras, pero es igual: el efecto propagandístico ya ha sido conseguido y Yolanda puede seguir presumiendo. No importa que la jornada laboral máxima oficial siga sin recortarse desde el año 1980, que cuando lo vaya a hacer, el recorte sea intrascendente o que la legislación sobre el despido con causa falsa, los llamados improcedentes, sea la misma que hace cuarenta años, pero con indemnizaciones mucho menores que las de entonces. Tampoco importa que las ETT sigan estrangulando a miles de trabajadores precarios o que la prestación de desempleo sea ridícula en su cuantía y que afecte a un grupo minoritario de parados y paradas. Nada de eso importa: lo guay es que tenemos un permiso climático que nos permitirá no ir a trabajar ¿Cuándo? ¡Pues cuando no podamos hacerlo, por supuesto!
Actuemos como si la legislación no nos importara
Nos hemos ido acostumbrando a admitir que la legislación laboral protege nuestros derechos, pero deberíamos ser conscientes de que, en realidad, lo que hace el BOE es construir diques de contención a los avances de la clase obrera en materia social y laboral. Tenemos este nuevo permiso “climático”, por ejemplo. La mayoría de los jueces, ni por supuesto las organizaciones obreras conscientes, no admitirían como despidos los que se produjesen por no ir a trabajar en circunstancias como los acontecimientos de Valencia; sin embargo, se presenta como un trascendental avance una legislación que lo que en realidad hace es limitar la posibilidad de que desde el mundo del trabajo se establezcan modos de funcionamiento que desborden lo legislado. Bajo el disfraz de nuevo permiso, sí, pero un permiso que solo oculta doblez y la imposibilidad de que las organizaciones de los trabajadores establecieran por sí sus propios mecanismos superadores de la legislación.
Actuemos pues, sin mirar para el BOE, que sean los sindicatos los que declaren la emergencia social y que decidan que no se acuda al trabajo cuando haya riesgo evidente para los trabajadores y trabajadoras sin aguardar a que la gaceta oficial establezca nuevas normas, que los comités de seguridad y salud asuman sus responsabilidades y que defendamos que, para preservar las vidas, no es necesario que el gobierno nos dé ningún tipo de permiso. Aunque quede bien Yolanda Díaz.
