SE ACERCA EL XX CONGRESO CONFEDERAL DE LA CGT
Los sindicatos deben asumir su responsabilidad y participar en su organización y debate, desde un principio, desde la elaboración del Orden del Día
En junio de 2022 se celebró en Zaragoza el XIX Congreso de la CGT. A partir de entonces, la situación de la organización no ha hecho más que empeorar. La división interna es extrema y hemos tenido que sufrir las actuaciones de un Secretario General y de un SP que, con la colaboración de algunos miembros de otros comités, en lugar de ayudar a resolver problemas, se ha mostrado siempre partidista y fullero, consiguiendo provocar enfrentamientos internos no recordados desde los aciagos días anteriores al V Congreso.
A partir de ahora, los sindicatos han de tomar las riendas de la organización y de ellos dependerá que la CGT finalice unida el comicio, repuesta de su cruenta guerra intestina o, al contrario, con una nueva división anarcosindicalista que sería la puntilla definitiva para nuestro movimiento.
Es que, a pesar de que formalmente este XX Congreso es un nuevo encuentro sindical ordinario, lo que está claro es que, en realidad, se trata de un comicio fuera de lo corriente o, si se quiere, de un Congreso especial. Con él nos jugamos el futuro de la organización, de una organización que decida continuar siendo anarcosindicalista -no solo declarativamente- sino una organización en que los trabajadores y sus organizaciones directas y legítimas, los sindicatos, lleven la voz cantante y decidan su futuro.
¿Qué dicen nuestro Reglamento de Congresos al respecto? ¿Quién debe convocar y cuándo? ¿Con qué Orden del Día?
Veamos:
“Artículo 1. El Congreso Confederal Ordinario de la CGT será convocado por la Secretaría General de la misma, en el lugar y fecha que acuerde un Pleno o Plenaria Confederal de la CGT, en un período comprendido entre los dos meses anteriores y los cuatro posteriores al cumplimiento de los cuatro años desde el último Congreso Ordinario. En todo caso, se convocará como mínimo con siete meses de antelación a la fecha de su inicio…”
De aquí se deduce que el congreso se ha de celebrar como muy tarde en octubre (cuatro meses después del cumplimiento de los cuatro años) y como muy pronto en abril (dos meses antes). Sin embargo, como hay la obligación de convocarlo con al menos siete meses de antelación a su celebración, y esto habrá de hacerse en Plenaria o Pleno (aún no convocados), tenemos que, al menos, el Congreso habrá de convocarse al menos para septiembre o en octubre, dependiendo de si la convocatoria se hace en febrero o marzo.
“Artículo 2. La Secretaría General remitirá la convocatoria del Congreso directamente a los Sindicatos, acompañándola de un Orden del día indicativo y provisional, con arreglo a su criterio y teniendo en cuenta el conocimiento que tiene de la Organización en su conjunto…
Artículo 3. Una vez establecida la fecha y lugar de celebración del Congreso y en un plazo de un mes, se constituirá la Comisión Organizadora del Congreso, que estará formada por la Secretaría de Organización del Secretariado Permanente del Comité Confederal, que será su coordinadora, las personas del Secretariado Permanente que se crean necesarias, y la Secretaría de Organización de la Federación Local donde se celebre el Congreso.
Artículo 4. A partir de la fecha del envío de la convocatoria y Orden del día provisional del Congreso, los sindicatos tendrán quince días para remitir al Secretariado Permanente las modificaciones o nuevas propuestas que consideren oportunas. Cumplido este plazo, y una vez analizadas las aportaciones recibidas y tras la necesaria labor de síntesis, el Comité Confederal de la CGT decidirá el Orden del día definitivo que enviará en el plazo de quince días la Secretaría General a los sindicatos para su trabajo y discusión….”
Lo verdaderamente relevante aquí es que los sindicatos tienen quince días para presentar propuestas al Orden del Día Provisional. En base a estas propuestas, el Comité Confederal (obligatoriamente reunido en Plenaria, ya que es la única forma orgánica en que el Comité Confederal se reúne para adoptar decisiones) elaborará el Orden del Día definitivo.
La importancia del Orden del Día definitivo
Es de Perogrullo que el Orden del Día definitivo ha de ser el guión sobre el que los sindicatos (la organización misma) se habrán de definir en el transcurso del Congreso. Por ello, la Plenaria en la que se decida el Orden del Día definitivo no puede ser una reunión en la que las propuestas de los sindicatos queden fuera de la convocatoria definitiva. Por ello mismo, es importantísimo que los sindicatos, en el plazo previsto de quince días, hagan llegar sus propuestas para que las Secretarías de las Territoriales puedan incluirlos para el debate por toda la organización. Hay que recordar que estas propuestas de debate no tienen por qué ser mayoritarias para ser incluidas, que el Congreso, aunque no sea extraordinario, no es un Congreso normal y que es obligación de los sindicatos abordar las cuestiones urgentes que hoy atribulan a la organización. En correspondencia directa, el Comité Confederal está obligado a incluir estas cuestiones en el Orden del Día definitivo en cumplimiento de su responsabilidad confederal.
Entre estas cuestiones que atosigan a la CGT, hay que consignar nuestra situación interna. Inhabilitaciones, desfederaciones, expulsiones, desvinculaciones… han de ser debatidos por la organización sin tapujos ni cortapisas. Habrá de extenderse el debate a la actuación de Comités y Secretariados y deberá ponerse coto, de una forma definitiva, a las irregularidades que se han cometido en los últimos tiempos.
No es suficiente que se vaya a elegir un nuevo Secretariado Permanente ni una nueva Secretaría General. Tampoco será suficiente que se rechace la gestión del secretariado: habrá que formular una enmienda a la totalidad de lo hecho, promovido o provocado por dicho secretariado (incluido el Secretario General) para que no vuelvan a producirse acontecimientos como los que están destrozando a la CGT. Por ello, es imprescindible que el Orden del Día del XX Congreso Confederal incluya, al menos, los puntos que a continuación se sugieren:
Un primer punto sobre la posición del XX Congreso acerca de la situación de división interna de la CGT. Resolución definitiva sobre las desfederaciones, expulsiones, desvinculaciones, etc., llevadas a cabo desde el XIX Congreso.
Un segundo punto de reafirmación de los principios básicos del fun-cionamiento orgánico de la CGT: federalismo, acción directa, secretariados y comités no ejecutivos, etc.
Por supuesto que estas cuestiones que vengo a apuntar son orientativas, que cada sindicato puede proponer los mismos u otros con sus propias palabras y argumentos y que será el Comité Confederal, reu-nido en Plenaria, el que elabore el Orden del Día definitivo, tal como marca nuestro Reglamento de Congresos, pero ese Orden del Día debe ser más enjundioso que la controversia sobre el nombramiento de un nuevo Secretariado Permanente o algo más que votar sobre la gestión del secretariado saliente.
Animo, pues, a todos los sindicatos a que, cuando se abra el plazo de propuestas para el Orden del Día del Congreso, presenten propuestas encaminadas a acabar con el desatino orgánico en el que estamos envueltos desde hace casi cuatro años y que se obligue a la propia CGT, por su propio bien, a afrontar los problemas internos sin más dilación.
Es evidente que hay otras cuestiones impor-tantísimas y que no habrá que perder de vista en la Plenaria que convoque el Congreso: temas como quiénes van a acudir al comicio (desfederados, expulsados, inhabilitados o desvinculados sin cortapisas) y con qué representación (necesariamente esto habrá de resolverse antes de su puesta en funcionamiento), para desvincular este debate del Pleno congresual y que su desarrollo sea lo menos conflictivo posible, habrá que ponerlas en la misma Plenaria sobre la mesa si no queremos llegar al día de inauguración del Congreso con las armas en la mano. De la sensatez de todos dependerá que esto mismo no suponga un factor de enfrentamiento más.
Estamos pues, en momentos críticos. La organización ya ha pasado por algunas situaciones que la pusieron contra las cuerdas, pero la actual nos tiene tambaleando en el ring. Para afrontar la situación, es imprescindible que el Orden del Día responda a las necesidades de la CGT. Y estas, por desgracia, son las que son: las de una organización al borde del KO.
