VII Época - 98

¿ES INEVITABLE QUE LO QUE MAL EMPIEZA MAL ACABE?

Quizá aún sea tiempo de que la movilización de los Sindicatos pueda contradecir el refrán

El desarrollo y conclusiones finales de la reciente reunión plenaria del Comité confederal de CGT (16 febrero, Torrejón de Ardoz) y la Circular del SG del 19.02.2026 de convocatoria del Orden del Día Provisional del XX Congreso, hacen temer lo peor para el destino inmediato de la CGT.

Pues lo cierto es que el primer acto hacia este Congreso (la celebración de la Plenaria pasada, en el que habría de decidirse fecha y lugar del comicio), resultó la escenificación de un descarado fraude y tongo amañado, contra el que apenas tendrán tiempo de reaccionar tanto los sindicatos (en los quince días que median entre el 19 de febrero y el 5 de marzo, para presentar propuestas al Orden del Día) como las Confederaciones Territoriales (cara a la Plenaria del 10 de abril, que deberá definir la Convocatoria y Orden del Día definitivo del Congreso).

PLENARIA DE TORREJÓN DE ARDOZ (16.02.206)

ELECCIÓN DE SEDE DEL CONGRESO:

Un fraude consumado, anunciador de mayores males

La resolución de la Plenaria del 16 de febrero conforme la Federación Local de Madrid será la sede del XX Congreso confederal, fue el fruto de una intriga contra la organización, por más que urdida, ejecutada y protagonizada por su Secretario general y SP de la CGT y por el Comité confederal de MCLMEx. Aunque para su éxito, hayan tenido que intervenir otros miembros del Comité confederal.

Anatomía de un fraude

Primera aclaración: El 20 de enero 2026, el Secretario General de la CGT, convoca Plenaria del Comité confederal a celebrar el 10 de febrero (posteriormente aplazada al 16 del mismo mes), en la que figura como punto del Orden del Día: “Elección del lugar de celebración del XX Congreso”.

Segunda aclaración: Es a través de esa circular, que toda la organización conoce la convocatoria del Congreso y, por tanto -según especifica la propia circular, incluyéndolo en el Orden del Día-, se abre el plazo para que las Federaciones Locales, que así lo decidan, propongan su lugar de celebración. A destacar que:

Ni en la Convocatoria ni en la documentación anexa a la Plenaria figura mención alguna a ninguna fecha límite para la recepción de propuestas de la sede.

Ni en los Estatutos ni en el Reglamento de Congresos hay plazos fijados para la realización de propuestas a sede del Congreso, distintas de las que median entre la Convocatoria de la Plenaria que ha de decidirlo (en este caso, 20 enero) y la realización de la Plenaria (16 de febrero)

Tercera aclaración: Con anterioridad a la Circular de Convocatoria (10.01.2026), la SG de MCLMEx envía (30.12.2025) una comunicación dirigida al SP y Comité confederal de CGT, proponiendo como lugar de celebración del Congreso “la ciudad de Madrid”. Esa propuesta es enviada por el SG de CGT a toda la organización, como documentación anexa al punto 8.1 de la plenaria.

Cuarta aclaración: El 2 de febrero 2026, la FL de Tarragona, en tiempo y forma estatutarias, se ofrece como sede para la celebración del XX Congreso, haciendo constar en la comunicación que su iniciativa se “materializa a la mayor brevedad posible”, una vez que la “única noticia tenida en esta Federación y suponemos que en el resto de la Confederación, con respecto a la apertura de propuestas para la elección de la sede de celebración del congreso, ha sido en el propio orden del día antes mencionado [en alusión a la Circular del SG de CGT del 20 de enero]”.

Quinta aclaración: La propuesta de la FL de Tarragona, es ignorada por el SG de CGT, que se niega a ponerla en conocimiento de toda la organización y a incluirla en la documentación anexa a la Plenaria, lo que es su obligación estatutaria. Como ya ocurrió en multitud de ocasiones, también ahora el SG de CGT vulnera de modo flagrante los estatutos de la organización que lo encumbró a su cargo de Secretario general, pero con el que, una vez más, no cumple.

En la CGT, como organización antiautoritaria y federal que es, la toma de decisiones se ha de producir cumpliendo la doble máxima anárquica de “siempre de abajo-arriba’ y ‘nunca desde un arriba que pudiese imponer la censura o el silencio a cualquier ente en el marco de su ámbito, hacia un abajo libertario y rebelde a toda autoridad’. Ningún ente orgánico -ya no digamos ningún individuo, ostente el cargo que ostente- puede bloquear este procedimiento en la toma de decisiones, Pues somos una organización libertaria, anarcosindicalista, a la que no estamos dispuestos a renunciar sin defenderla. Nos negamos y siempre nos negaremos a participar o dar nuestro consentimiento a una organización que se pretenda jerarquizada o autoritaria.

El fraude a la vista y la ‘mayoría votante’

como excusa y tragadera

En el curso de la Plenaria del 16 de febrero, fueron varias las Confederaciones Territoriales (Cantabria, Castilla León, Galicia, Valencia …) y Federaciones sectoriales (FEHAC, FESIM, FETyC …) que se opusieron a la designación de Madrid como sede del Congreso. Las más de ellas por considerar que se había impedido al conjunto de la Organización debatir sobre todas las propuestas que pudieran estar encima de la mesa, con la excusa de inventarse un “plazo” a todas luces inexistente, al tiempo que se validaba como ¡¡¡única!!! propuesta a ‘votar’ la presentada por MCLMEx: Madrid.

De nada valió para impedir el fraude que se estaba denunciando, ni siquiera la razonable exposición del representante de la Federación de Hostelería Comercio y Alimentación (FEHAC) que ya en el inicio de la Plenaria, en el apartado de ‘previas’ al Orden del Día, trató de resolver la situación con la propuesta de aplazar las decisiones respecto del Congreso (fecha, lugar y calendario) a una Plenaria Extraordinaria Confederal a celebrar en breve plazo (quizá el 27 de febrero), “para cumplir con un proceso formal, abierto y garantista de participación para todas las posibles candidaturas territoriales y propuestas relativas al lugar, fecha y calendario del Congreso, en coherencia con los principios de democracia directa y funcionamiento federal de nuestra organización”.

¿Qué objetivo encubre tan mezquino enredo?

Probablemente con el intento de ‘controlar’ en beneficio propio a la Comisión Organizadora del Congreso que, según establecen los estatutos confederales, “estará formada por la Secretaría de Organización del SP del Comité Confederal, que será su coordinador, los miembros del SP que se crean necesarios, y el Secretario de Organización del Comité Confederal y de la Federación Local donde se celebre el Congreso”, siendo la encargada de recibir “los trabajos sobre los temas que figuran en el Orden del día presentados … para su difusión a toda la Organización”.

Considerando que el actual SG de la CGT -con el apoyo y complicidad indisimulada, entre otros, del SP de MCLMEx- viene desde hace tres años incumpliendo su obligación de difundir los documentos que llegan debidamente acreditados en tiempo y forma estatutaria a su sede, podemos comprender el interés de estos personajes en disponer de una Comisión Organizadora del Congreso integrada, única y exclusivamente, por ellos mismos. Baste con recordar que hasta por siete veces, en siete plenarias distintas, el SG censuró y no distribuyó los documentos y solicitudes formulados en tiempo y forma por el Comité confederal de Galicia … o, también cómo en esta última plenaria, ocultó a toda la CGT la propuesta de Tarragona como sede del futuro Congreso.

Circular del SG con su propuesta de

Orden del Día Provisional

El 19 de febrero, el SG de CGT, envió a todos los entes de CGT, una circular con su propuesta de Orden del Día Provisional, por supuesto abierto a las que puedan presentar los sindicatos antes del 6 de marzo y a la resolución definitivo de la Plenaria del Comité confederal del 10 de abril. La relación de puntos del Orden del Día que llama poderosamente la atención, al menos por una cuestión esencial: No se menciona la principal cuestión que ha de afrontar el XX Congreso.

Este Congreso, aun no siendo extraordinario, se produce en una situación excepcional. Está la organización al borde de la ruptura, tras tres años de conflictos, siempre mal resueltos y con posicionamiento de parte del SG de CGT: desfederaciones irregulares y desvinculaciones atropelladas de sindicatos y secciones sindicales enteras, inhabilitaciones y expulsiones de afiliados y cargos confederales al margen de sus sindicatos, imposiciones ejecutivas de SP’s sobre los propios Comités confederales de los que forman parte, ningún respeto al federalismo y la democracia que rigen la toma decisiones en CGT, ruptura en Andalucía, usurpación política de cargos y entes de CGT, vulneraciones estatutarias de extrema gravedad por parte de cargos representativos, anulación (sin alternativa) e inoperancia del Título VIII de los Estatutos: De la Comisión confederal de Garantías …

Así que la primera cuestión que ha de abordar este Congreso es el debate sobre las inhabilitaciones, expulsiones, desfederaciones y censuras llevadas a cabo en estos tres años aciagos. Y, para que ese debate culmine y se resuelva en justicia y razón anarcosindicalista, ha de reconocerse en primer lugar el derecho inalienable de todos los entes afectados a exponer ante el Congreso su situación y, una vez valorada, integrarlos con pleno derecho si cabe, sin veto alguno, en el desarrollo del Congreso

Como decía en estas mismas páginas nuestro compañero Germinal Cerván, “a partir de ahora, los sindicatos han de tomar las riendas de la organización y de ellos dependerá que la CGT finalice unida el XX Congreso, repuesta de su cruenta guerra intestina o, al contrario, con una nueva división anarcosindicalista que sería la puntilla definitiva para nuestro movimiento … es importantísimo que los sindicatos, en el plazo previsto de quince días (antes del 5 de marzo), hagan llegar sus propuestas para que las Secretarías de las Territoriales puedan incluirlos para el debate por toda la organización” y resulte fructífera la Plenaria del 10 de abril, que ha de establecer el Orden del Día Definitivo y los términos de la Convocatoria, que habrá de desarrollar la Comisión Organizadora..

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