Editorial
Te han sitiado corazón
y esperan tu renuncia.
Los únicos vencidos, corazón,
son los que no luchan.
No te entregues, corazón libre.
No te entregues.
Rafael Amor
Condenadas a tres años y medio de prisión por participar en 2017 en piquetes informativos, en apoyo de una compañera embarazada que había denunciado acoso laboral, seis sindicalistas de la CNT de la pastelería “La Suiza” de Gijón están a punto de entrar en la cárcel. Se trata de una nueva agresión contra la clase trabajadora y la actividad sindical, en la que, una vez más, aparecen conchabados empresarios, jueces, tribunales, legisladores de leyes Mordaza y la cohorte mediática oportuna, que no debemos ni podemos tolerar.
En este mes de julio el Juzgado de lo Penal 1 de Gijón, ha denegado la petición de las defensas para evitar que se ejecute la condena a prisión que se les había impuesto a los seis sindicalistas asturianos, posteriormente confirmada por el Tribunal Supremo, por la única acción de participar, consciente y pacíficamente, en concentraciones ante la pastelería, en solidaridad con una compañera despedida que había denunciado la explotación laboral y acoso sexual a la que la sometía el dueño.
Esta historia de persecución y acoso judicial, comenzó hace ya ocho años, en 2017. En aquella fecha, una trabajadora se dirigió al sindicato Confederación Nacional del Trabajo (CNT), para asesorarse y denunciar las condiciones laborales y acoso que sufría en su empresa, que le habían llegado a provocar una amenaza de aborto. CNT se dirigió entonces al empresario para valorar los hechos, pero ante la tajante negativa del dueño incluso a dialogar, el sindicato organizó piquetes informativos ante el establecimiento. Las concentraciones habidas fueron todas ellas absolutamente pacíficas, comunicadas normativamente y sin que en cada una llegase a producirse ninguna clase de incidente policial o de convivencia social o pública en la calle o en las inmediaciones del establecimiento.
Tras la denuncia ante el juzgado realizada por el empresario de “coacciones y alteración del orden público” (que en ningún caso existieron), en 2021, el Juzgado de lo penal de Gijón condenó a los seis participantes en los piquetes informativos a tres años y medio de prisión, considerando que habían cometido un reiterado delito de coacciones, que perjudicaban económicamente al empresario. Más tarde, la sentencia fue ratificada por la Audiencia Provincial de Asturias, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias y, finalmente, por el Tribunal Supremo en 2024. Ante la ratificación por el Tribunal Supremo de la brutal condena, el juez que había dictado la primera sentencia, ordenó el ingreso en prisión de los seis condenados, el 1 de junio de 2025.
Con su resolución, el Tribunal Supremo dejó claro que estas brutales sentencias, todas ellas concordantes en el nulo aprecio por la justicia y la verdad, no eran reflejo de la “deriva autoritaria” de un juez concreto, ni se trataba de un caso de “retorcimiento de las leyes” por un incompetente merecedor de reproche alguno y, mucho menos, se trataba de las elucubraciones patológicas de un juez desmedido, al margen de la ley. Al contrario, el Tribunal Supremo, al ratificar la sentencia, declaró conformes a la ley vigente, los argumentos, y presupuestos, tanto ideológicos como jurídicos, de los que el juez hizo gala en su inicua sentencia. Es la ley y las normas MORDAZA, aprobadas por el parlamento en 2015 y sostenida desde aquella fecha por todos los gobiernos habidos, pese a las iniciales promesas de derogación que, de ganar las elecciones políticas, iban a llevar a cabo los gobiernos de coalición, PSOE-Unidas Podemos y, ahora, PSOE-Sumar.
De nada valieron las múltiples muestras y masivas movilizaciones de solidaridad realizadas en Asturias y en todo el territorio español por multitud de organizaciones sindicales y colectivos sociales, denunciando la indignidad represiva de estas sentencias que criminalizan toda forma de protesta contra la arbitrariedad y el abuso patronal o contra una injusticia, por flagrante que esta sea, como es el caso. De esta manera, se condenó a 2 personas por haber ido a una reunión, a 3 más por haber solicitado esa reunión, a 1 por coger un megáfono en una manifestación y a otra por gravar un vídeo. También a la trabajadora, por contarlo todo. Todo era una trama perfectamente urdida… de la que no había más pruebas que un sindicato movilizándose.
Sufre la clase trabajadora de este país en estos momentos, no sólo una violencia extrema y un atropello al derecho a la acción sindical y a las libertades de organización y expresión de los trabajadores, sino que, con estas sentencias, confirma lo que viene siendo una práctica generalizada y rutinaria: La íntima complicidad de la patronal con la clase política, responsable de una legislación laboral y penal que, finalmente, criminaliza y reprime la solidaridad de la clase trabajadora y la acción sindical, por pacíficas que sean.
No es el primer caso -ni tampoco será el último- en el que compañeras y compañeros de diferentes sindicatos son condenados por acciones en el ejercicio de su libertad sindical y llevados a la cárcel, por más que, al menos retóricamente, en este país “ejercer el sindicalismo no sea delito”, pero en el que, al mismo tiempo, los jueces y tribunales, conforme a la ley penal que les faculta, repriman y castiguen penalmente su ejercicio con cárcel y dirijan la violencia del estado contra la solidaridad de la clase trabajadora.
Contra todo ello, solo queda manifestar la solidaridad activa entre la clase trabajadora y vertebrar la organización en redes de apoyo y defensa mutua. Informar y denunciar estos hechos en la calle, a las puertas de empresas acosadoras y centros de trabajo, ante los establecimientos, audiencias y palacios de (In)Justicia o los edificios de un estado autoritario, penalizador de toda exigencia de justicia, reparación y solidaridad.

