CÓMO NO DEBE FUNCIONAR (Y NO FUNCIONA) LA TOMA DE DECISIONES EN CGT

Comentarios a un artículo publicado en el órgano de la CGT (RyN, nº 383)

El último número del periódico confederal Rojo y Negro, nº 383 de noviembre de 2023, incluye un artículo que, sólo siendo benevolentes, puede entenderse como una sátira dirigida a ridiculizar el funcionamiento orgánico de la CGT, regido por los principios de democracia directa y federalismo, según los cuales las decisiones se toman de abajo-arriba y no desde Comités o cargos ejecutivos, con capacidad decisoria. Firma el artículo, Quim Garreta, presentándose como un compañero “viejo militante de Banca (Seguros), Barcelona”. Su título “Cómo se toman las decisiones y se ejecutan en CGT. Un ejemplo ilustrativo”.

Es muy posible que en otras circunstancias, tanto el contenido del artículo como su publicación en el Rojo y Negro, órgano portavoz de la CGT, apenas lograsen despertar algún interés entre sus lectores -por ejemplo, el mio o el de mis compañeros habituales en las reuniones semanales del sindicato-, más allá de suscitar alguna sonrisa condescendiente.

Sin embargo, en el contexto actual de dramática conflictividad interna que sufre la CGT, tanto el contenido del artículo y sobre todo su publicación en el Rojo y Negro, cobran una gran importancia, que no debemos dejar sin contestación.

Más aún, cuando una parte importante de la organización (al menos 5 Confederaciones Territoriales y un número desconocido de sindicatos y Federaciones Locales de las demás) considera que el actual Secretariado Permanente (SP) está tratando de imponer de modo antiestatutario su personal voluntad al propio Comité confederal. Poniendo en entredicho que la CGT sea, de modo efectivo y pleno, una organización sindical federal y solidaria, con funcionamiento de abajo-arriba, sin jefes ni burocracias, que pudieran poseer poder decisorio alguno sobre las asambleas de los sindicatos.

Todo ello por más que la fábula resulte del todo mediocre, pero no así la moraleja con la que pretende concluir: la irrelevancia de una pretendida organización (CGT) con unos cargos (el SP) sin autoridad, incompetentes para resolver en tiempo y forma la cuestión más baladí (pintar o no una sede sindical) por su sometimiento al mandato irresoluto del ‘demos’ (las asambleas de los sindicatos).

En fin, un revival oportunista de la vieja crítica aristocrática a la democracia directa, en la que el pueblo no es más que un títere en manos de demagogos, psicofantas y demás corruptos del poder. Todo tan antiguo y mendaz como eso.

El texto está construido a modo de un relato fantástico, que pretende simular el funcionamiento normal en CGT para la toma de decisiones en su seno. Sin embargo, se limitará a reproducir algunos nombres de entidades confederales (Comité confederal, Secretariado Permanente, Pleno Confederal, Congreso …) pero atribuyéndoles comportamientos, competencias y procedimientos que le son absolutamente ajenos.

Para describir el proceso de toma de decisiones en CGT la fantasmagoría del compañero, parte de un “ejemplo”, que él mismo considera banal, pero plausible, pues ha de servir como ‘ejemplo’ para ilustrar el modo en que en CGT se toman las decisiones y se encarga su ejecución a sus entes correspondientes. A saber, que en el Orden del Día de un Congreso de la CGT figura “tomar una decisión sobre si pintar o no la sede de la Confederación”, por lo que, siguiendo la norma de la casa, todos los sindicatos, deberán debatir en sus asambleas tal cuestión.

Sin embargo, en la realidad de la CGT esto no sería hoy posible (no lo fue nunca) sin contravenir gravemente, por ejemplo, el actual art. 4 del Reglamento de Congresos, que regula la elaboración de su Orden del Día y cuya redacción está dirigida expresa y literalmente a evitar que se produzcan ‘banalidades’ y ocurrencias trucadas como esta.

Continúa Quin Garreta su “banal” simulacro, describiendo como, tras la normativa discusión en las asambleas de los sindicatos previas al Congreso, estos llegan a la conclusión “de que se debe pintar el local entero por un importe de 125.000 €”, por lo cual “el Secretariado Permanente (SP) -dice Garreta- se pondría a ejecutar el acuerdo”.

De nuevo, el articulista -¡a sabiendas!- se equivoca de medio a medio respecto del funcionamiento de la CGT. El organismo encargado de coordinar y desarrollar la ejecución de los acuerdos congresuales, no es el SP, sino el propio Comité Confederal, cuyos miembros de las Confederaciones territoriales, en todo caso, no pueden decidir nunca por si mismos privadamente, no siendo más que delegados y portavoces de lo decidido en sus reuniones plenarias respectivas. Según recogen expresamente los estatutos confederales, el SP sólo es competente en la gestión de aquello que le encomienda el propio Comité confederal y nada más.

Sigamos el fantástico relato del articulista, por más que ahora ya sepamos cuanto hay en él de mentira y falsedad interesada.

Escribe Quim Garreta: el SP (o alguna Secretaria del SP si es que así se le encargó) al intentar ejecutar el acuerdo del Congreso, se encuentra con que, por la subida del precio de los materiales, no puede realizar el proyecto, por lo que se encontrará, “ante la disyuntiva de que si pinta el local se pasará del presupuesto acordado y con ello incumpliría un acuerdo congresual, pero que si no lo pinta también lo incumplirá porque el mandato ha sido pintarlo … Esta situación le obliga a solicitar un acuerdo que lo vincule”, pero para ello, insiste Garreta, habrá que convocar un Pleno de Confederaciones Territoriales y, con ello, devolver la pregunta de qué hacer a todos y cada uno de los sindicatos confederales … y, después de esto, ante nuevas dudas y problemáticas (¿con cuántos y cuales colores ha de pintarse el piso? ¿qué dibujos?, habrá que convocar ahora un Comité confederal (y otra vez, la consulta de abajo-arriba) antes de que la Secretaria del SP encargada de llevar adelante el pintado pueda llevarlo a cabo legítimamente.

Sin embargo, en la realidad de la CGT que viene siendo desde hace decenios, todo este pretendido serial se cortaría de raíz en el primer episodio, pues todo acuerdo de Congreso (del más baladí al de mayor enjundia) ha de ser llevado a cabo por el Comité confederal que, a su vez, es el único ente competente para interpretar un acuerdo de Congreso, así que le bastaría al propio Comité primero desde el Congreso con interpretar que los 125.000e presupuestos están sujetos al incremento del (¿)…. Y se acabaría la fábula.

Así pues, la fantasmagórica elucubración de Quim Garreta, tanto como su publicación actual en el Rojo y Negro, no representan otra cosa que un pobre intento de difundir entre la afiliación una falacia pro-autoritaria que, por otra parte, no es posible, en ningún caso, ocurra en una organización antiautoritaria como la CGT. Por más que sí sería posible en una organización autoritaria y teológica, en la que los respectivos jerarcas pudieran entretenerse en debatir sobre el sexo de los ángeles o el ahora tu ahora yo, mientras en las fronteras ruge la guerra o se ahogan por centenares los inmigrantes. Y, por supuesto, también sería posible que algo similar a esto llegara a suceder en alguna organización de raíz anarcosindicalista en la que sus cargos, pretendiendo erigirse en autoridad -como hoy sucede- difundiesen entre la afiliación (con la secreta esperanza de que la desidia, logre anular la consciencia general del peligro) la tesis de que la democracia directa acaba siempre en una cacofonía irrelevante, a la que ha de poner remedio la clarividencia de quienes ocupan las más altas magistraturas, libres del corsé vigilante del ‘demos’. En estas estamos.

En clara confrontación con el contenido de este artículo y la pretensión de su autor y editores, me limitaré a reproducir la “nota permanente” que semanalmente me remite por e-mail el Comité local de mi sindicato, adjunto al Orden del Día, que entiendo suscribiría toda la CGT: “Llamamiento a toda la afiliación de CGT para que haga todo lo posible para acudir a las asambleas y reuniones orgánicas convocadas, pues como bien sabéis, nuestro sindicato sólo puede funcionar con la participación activa de sus afiliados en la toma de decisiones que a todos afectan y a todos comprometen. Sin jefes, sin burocracias autoritarias y sin Comité decisorio alguno (con la simple tarea y función de llevar a cabo la voluntad colectiva y expresa de los afiliados)”.

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